22.4.13

ACLARACIÓN SOBRE MULTAS

Según lo estipulado en el Art. 58 de nuestro reglamento:

* Si la suma de los depósitos no alcanza la suma que debería depositarse a la fecha establecida, se computará un porcentaje acumulativo diario sobre la diferencia entre lo que debería haberse depositado y lo que se depositó (0,3% la semana del sorteo, subiendo luego a 0,7% la semana siguiente y 1% hasta el saldo de la misma). Si en la liquidación de un vendedor la comisión constata una diferencia de ensobrado, deberá informarle al mismo, quien tendrá 24hs para subsanar el error. Pasado este tiempo, se procederá a la aplicación de los intereses anteriormente mencionados.
* El rebote del voucher por parte de la financiera que tenga como motivo su llenado incorrecto generará una multa equivalente a un talón de rifa por voucher.
* No liquidar en tiempo y forma generará una multa equivalente a dos talones de rifa.
* La existencia de más de un causal de multa implicará indefectiblemente la suma de sus montos.

Por lo cual, depositar fuera de fecha implica una multa de 0,3% del monto depositado fuera de la hora estipulada. No venir a liquidar implica una multa de dos talones de rifas.

Aclaramos esto en base a dudas que han surgido sobre qué pasa si no pudieron depositar hoy.
Nos vemos mañana.

Comisión Finanzas.

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